Un trabajador que tenemos contratado tiene el derecho y la libertad de rescindir su contrato laboral. Y no es necesario acreditar la causa.
En el momento que un trabajador nuestro decide darse de baja y romper toda relación laboral con nuestra empresa, hay que llevar a cabo una serie de gestiones para tramitar su baja laboral.
Hay que tener en cuenta que cuando es una baja voluntaria por parte de nuestro empleado, la empresa no está obligada a pagar la indemnización por despido y el trabajador no percibirá la prestación por desempleo.
Ante una posible demanda por despido por parte del trabajador, es común que la empresa le solicite al trabajador que firme un documento de baja voluntaria.
Según el contrato escrito, el trabajador deberá comunicarlo con antelación a la empresa. Lo habitual son 15 días antes de su baja. Pero como hemos comentado, en el contrato laboral correspondiente, hará mención exacta a los días necesarios de preaviso.
En el caso de que un trabajador no avise con antelación, se le podrá descontar del finiquito estos días.
Cómo gestionar la baja de un trabajador
Una vez firmada la baja, procedemos con las siguientes gestiones:
- Finiquito: Salarios pendientes, parte proporcional de pagas extras y vacaciones no disfrutadas.
- Certificado de la empresa: En este certificado consta la causa de la baja (en este caso sería baja voluntaria, no despido). Este certificado se envía al Servicio Público de Empleo Estatal de forma telemática. Se le puede dar una copia al empleado, pero no es obligatorio.
- Baja en la Seguridad Social: Desde el cese de la actividad, el plazo es de tres días naturales para notificar su baja.
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